El Departamento de Seguridad Nacional (DHS) tiene nuevas prioridades de deportación, por lo cual otorga mayor discrecionalidad a los fiscales de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) a fin de que puedan determinar qué casos perseguir.
De este modo, los fiscales contemplan al menos nueve factores para decidir sobre un caso:
1. Cuánto tiempo lleva viviendo un no-ciudadano en los Estados Unidos.
2. Si el no-ciudadano o su familia sirivieron al Ejército.
3. Qué lazos familiares o comunitarios tiene el inmigrante.
4. Cuáles son las circunstancias de la llegada del extranjero a los Estados Unidos y cómo fue su forma de su entrada.
5. Cuál es el historial migratorio del extranjero.
6. Cómo ha sido la historia laboral y educativa del no-ciudadano en los Estados Unidos.
7. Se toma en cuenta si la persona ha sido víctima, testigo o demandante en procedimientos civiles o penales.
8. Hay factores humanitarios apremiantes presentes en el caso del no-ciudadano que pueden ser tomados en cuenta (incluso por parte de los familiares cercanos del no ciudadano), como: condición médica grave, la edad, el embarazo, si es un menor y si es el cuidador principal de un familiar enfermo.
9. Los fiscales revisan si la persona cometió un delito, aunque hay condicionantes para considerar que esto afecta su caso, como:
>> El impacto, seriedad y actualidad de la actividad delictiva.
>> Si hay indicios de rehabilitación.
>> Cupales son las circunstancias atenuantes relacionadas con el delito o la condena.
>> Si hay una sentencia, cuál es el tiempo y la duración.
>> Cuánto tiempo ha transcurrido desde que ocurrió el delito o la condena.
>> Los fiscales contemplan si la actividad delictiva posterior respalda la determinación de que el inmigrantes representa una amenaza para la seguridad pública.